INICIO

DESARROLLO PERSONAL

TALENTO HUMANO

CONTACTO

COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO Y PRODUCTIVIDAD

¿Qué es una Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad?

Es un órgano interno de una empresa que está compuesto por representantes tanto de la dirección como de los trabajadores. Su función principal es promover y supervisar las actividades de capacitación y adiestramiento del personal, así como impulsar iniciativas para aumentar la productividad y mejorar el desempeño laboral.Â

Objetivo principal

Asegurar que los programas de capacitación sean adecuados a las necesidades de la empresa y de los empleados, contribuyendo así al desarrollo profesional y al crecimiento del negocio. Los programas de capacitación deberán ser adecuados a las necesidades de la empresa y de los empleados, contribuyendo así al desarrollo profesional y al crecimiento del negocio.

Constitución de una Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad

  1. Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento.
  2. Proponer los cambios necesarios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual.
  3. Proponer las medidas acordadas, con el propósito de impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios.
  4. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad.
  5. Resolver las objeciones que, en su caso, presenten los trabajadores con motivo de la distribución de los beneficios de la productividad.
  6. Autentificar las constancias de competencias o habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación y adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora; y
  7. Emitir opinión sobre la permanencia de los trabajadores contratados bajo las modalidades de capacitación inicial y periodo a prueba.
  1. En empresas con número de trabajadores mayor de 50, igual número de representantes de trabajadores y patrones, deberá integrarse de manera bipartita y paritaria, por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.
Cuando sea convenido por las partes y las necesidades de la empresa lo ameriten, en razón de su número de establecimientos, de sus características tecnológicas o de la cantidad de trabajadores que ocupe, se podrá constituir más de una comisión mixta, o bien conformar subcomisiones mixtas.

¿Qué documentación debe de tener el expediente de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad (CMCAP)?

BRIBÓN

Blvd. Fco. Eusebio Kino 183, Country Club, 83010 Hermosillo, Son.

RESERVACIONES@BRIBONMX.COM

+52 (662) 404 2143